El Congreso del Estado aprobó reformas para el uso de las tecnologías en el sistema de justicia

Por unanimidad, la LXIII Legislatura del Congreso del Estado aprobó en Sesión Extraordinaria, la reforma constitucional que establece las atribuciones de las autoridades jurisdiccionales para implementar el sistema de justicia en línea.

Con esta reforma, se establece que el Poder Judicial del Estado, el Tribunal Electoral del Estado, el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje, implementarán el sistema de justicia en línea, mediante el uso de tecnologías de información y la comunicación a efecto de tramitar los juicios y todas sus instancias en línea.

Se establece que las leyes de la materia establecerán las diligencias y procesos que por su naturaleza deban ser presenciales, para garantizar una adecuada impartición de justicia.

En el dictamen respectivo, en sus artículos transitorios, se indica que el sistema de justicia en línea se implementará en los tribunales del Estado de forma gradual, sin que se exceda el término del uno de diciembre de 2026.

Se menciona que es imponderable que el acceso a la justicia sea una realidad mediante los avances de la tecnología, es decir la denominada justicia digital, en algunos estados, o justicia electrónica, en otros.

El dictamen respectivo, reforma el párrafo primero y la fracción II del artículo 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de San Luis Potosí.

 

Otros dictámenes.

Se aprobó por unanimidad el Decreto que adiciona el artículo 17 BIS, a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas del Estado de San Luis Potosí, para establecer que las dependencias, entidades y organismos que realicen obras públicas, podrán establecer convenios de vinculación con las instituciones de educación superior en el Estado, y con las empresas que desarrollen este tipo de obras, para promover el primer empleo en la ejecución de obras públicas.

Se aprobó por unanimidad el Decreto que reforma la fracción LXI; y adiciona la fracción LXII, con lo que la actual LXII, pasa a ser LXIII, del artículo 18, de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, para que los ayuntamientos, en coordinación con las empresas dedicadas a las telecomunicaciones, retiren la infraestructura obsoleta o en desuso, y que el día de hoy, se ha convertido en una contaminación visual sumamente impactante.

Por unanimidad, se aprobó el Decreto que reforma el artículo 1639; y adiciona un párrafo al artículo 1670, éste como tercero al Código Civil para el Estado de San Luis Potosí, para establecer que el consentimiento en los actos jurídicos también se pueda llevar a cabo mediante los medios electrónicos, ópticos, o por cualquier otra tecnología; siempre que la información generada o comunicada en forma íntegra, a través de estos medios, sea atribuible a la persona obligada y accesible para su consulta.

Por unanimidad, se aprobó la reforma al artículo 44 en las fracciones III y VII de la Ley para la Protección de las Personas que Intervienen en el Proceso Penal del Estado de San Luis Potosí, para armonizar el concepto de Subprocuraduría, por el de Vice fiscalía, y el de Procurador por el de Fiscal General.

También por unanimidad, se aprobó la reforma a los artículos, 3° la fracción XIX, 6° la fracción I, 9° la fracción II, y 77 la fracción V de la Ley del Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de San Luis Potosí, para armonizar el concepto de Procuraduría General del Estado, por el de Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí.

Se llevó a cabo la elección del Fiscal Especializado en Delitos Electorales del Estado de San Luis Potosí, resultando electo Luis Fernando González Macías del periodo comprendido del 20 de diciembre de 2023, al 19 de diciembre de 2030.

 

Punto de Acuerdo.

Se aprobó por unanimidad, que la Sexagésima Tercera Legislatura del Congreso del Estado de San Luis Potosí, exhorta al Poder Legislativo Federal, para que reforme la Ley de Instituciones de Crédito, así como la Ley Federal de Protección al Consumidor, con la finalidad de prohibir de manera expresa las comisiones cobradas a pagos con tarjetas bancarias, distintas a aquellas señaladas en los contratos aplicables al uso de terminales comerciales, como ocurre en algunos comercios, limitando el uso por parte de la ciudadanía de este tipo de tarjetas, incluyendo las emitidas por el Banco del Bienestar.

Agotados los asuntos, se dio por concluida la Sesión Extraordinaria. Posteriormente, en Sesión Solemne, se llevó a cabo la Clausura del Décimo Segundo Periodo Extraordinario, con la presencia del Licenciado Miguel Ángel Méndez Montes, Consejero Jurídico del Estado en representación del Poder Ejecutivo; y de la Magistrada Luz María Enriqueta Cabrero Romero, en representación del Poder Judicial del Estado.

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